Las subastas judiciales y administrativas (AEAT y Seguridad Social) de inmuebles se publican en el Portal de Subastas del Boletín Oficial del Estado (subastas.boe.es). Es un proceso transparente regulado por la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC) y el Reglamento General de Recaudación. Cualquiera puede consultar y pujar tras consignar un depósito (habitualmente el 5% del valor de tasación).
Por ley el adjudicatario asume:
Las cargas posteriores al embargo ejecutado se cancelan automáticamente con la adjudicación (art. 674 LEC).
Necesitas certificado digital o Cl@ve PIN. Te identificas en el Portal de Subastas del BOE, consignas el depósito requerido por transferencia y pujas online durante el periodo abierto (habitualmente 20 días naturales). La puja mínima admisible suele ser el 50% del valor de tasación en subastas judiciales.
El descuento sobre el valor de tasación suele oscilar entre el 30% y el 50% en subastas judiciales activas. Depende del número de pujadores, ocupación del inmueble, cargas previas declaradas y tipo de bien. Nuestro Score de oportunidad cruza descuento, ROI y turistificación del bloque para priorizar las que mas interesan.
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